Dictamen nº 32685 de Contraloría General de la República, de 7 de Septiembre de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239262370

Dictamen nº 32685 de Contraloría General de la República, de 7 de Septiembre de 1999

municipalidad actuo conforme a derecho al no considerar para la ubicacion en el escalafon de merito, tiempo que funcionario se desempeno en el servicio de tesorerias, antes de ser traspasado acorde art/7 del dfl 178/81 hacienda, a la entidad edilicia. ello, porque segun ley 18883 art/49 inc/2, modificado por ley 19165, en caso de empate en el puntaje de las calificaciones, los servidores se ubican en el escalafon conforme su antiguedad: primero en el cargo, luego en el grado, enseguida en la municipalidad, despues en la administracion del estado y finalmente, en el evento de mantenerse, decide el alcalde. asi, cuando hay empate en los puntajes de las evaluaciones e igualdad en el cargo y grado, como ocurre en el caso en estudio, debe recurrirse a la antiguedad en el municipio, entendiendose por tal el tiempo que el empleado ha cumplido funciones en esa misma entidad edilicia, sin contabilizar los servicios prestados en otras municipalidades, ni por cierto, en otros organismos publicos. por ende, en la situacion en examen, el tiempo trabajado...

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