Dictamen nº 5481 de Contraloría General de la República, de 1 de Marzo de 1991 - Doctrina Administrativa - VLEX 239256846

Dictamen nº 5481 de Contraloría General de la República, de 1 de Marzo de 1991

la antiguedad menor a 8 anos establecida en dto 163/83 trans art/19 para que los vehiculos puedan prestar servicio de alquiler, tratandose de automoviles que se importan usados a la zona franca de extension, debe contarse desde la fecha de la primera transferencia efectuada al adquirente, en el pais de procedencia, por el fabricante, armador, distribuidor o concesionario o subdistribuidor establecido o comerciante habitual del ramo, la que debera acreditarse con copia de la respectiva factura. si ello no fuere posible, se considerara el ano de fabricacion del chasis, excluido dicho ano, lo que debera acreditarse con el respectivo certificado del armador o fabricante. ello, segun lo informa el ministerio de transportes, conclusion que armoniza con la normativa reguladora del transporte publico, especialmente con...

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