Dictamen nº 13409 de Contraloría General de la República, de 4 de Marzo de 1970 - Doctrina Administrativa - VLEX 239248814

Dictamen nº 13409 de Contraloría General de la República, de 4 de Marzo de 1970

la direccion de bibliotecas, archivos y museos, segun ley 17271 art/88 inc/1, no puede incurrir durante 1970 en gastos de publicidad, difusion o relaciones publicas, a menos que el presidente de la republica, en las condiciones previstas en el inc/3 de ese art/88 la dispense de dicha prohibicion. ello, porque los organos del estado solo pueden ejercer aquellas atribuciones que la ley les confia de manera expresa, principio de legalidad que consagra la constitucion pol art/4, art/72 num/10 y art/21 inc/1. por ello y considerando que los servicios publicos deben ajustar sus gastos a los presupuestos que los rigen, la citada ley dispuso que ellos no pueden incurrir en gastos por publicidad, difusion o relaciones publicas, tales como avisos, promocion en periodicos, radios, television, cines, teatros, revistas, ni contratar con agencias publicitarias, con excepcion de las municipalidades, y esta prohibicion implica que no cabe distinguir el fundamento al que responde la posible necesidad de incurrir en egresos tendientes a sufragar los gastos aludidos, ya que donde la ley no distingue no es licito al interprete distinguir.; en esta norma prohibitiva se incluye por tanto la difusion de la cultura a traves de conferencias, conciertos...

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