Dictamen nº 12748 de Contraloría General de la República, de 12 de Abril de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239241662

Dictamen nº 12748 de Contraloría General de la República, de 12 de Abril de 1999

los contratos de personal acorde normas del codigo del trabajo, efectuados por los servicios de salud, con el fin de realizar campanas sanitarias, no pueden ser de plazo indefinido, sino que necesariamente deben tener una fecha de termino, aun en el caso que sean objeto de mas de una renovacion por parte de la autoridad pertinente, debiendo entonces estipularse expresamente, en los respectivos convenios, el plazo de su duracion. ello, porque de articulos 57 inc/2 del dl 2763/79 y 265, del dto 42/86 salud, aparece que si bien los servicios de salud cuentan con una atribucion excepcional para contratar a trabajadores regidos por el codigo aludido, incluso a jornal, es de la esencia de dicha facultad la transitoriedad de esas contrataciones, de tal forma que en caso alguno ellas pueden extenderse en el tiempo de manera permanente, lo que se opone a la posibilidad de celebrar contratos por plazo indefinido. ademas, conforme art/10 del codigo sanitario, cuando esos convenios inciden en campanas sanitarias o en casos de emergencia como sucede en...

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