Dictamen nº 39333 de Contraloría General de la República, de 24 de Junio de 1977 - Doctrina Administrativa - VLEX 239240906

Dictamen nº 39333 de Contraloría General de la República, de 24 de Junio de 1977

receptores judiciales suspendidos de sus funciones por orden judicial, medida que les afecta al 31 diciembre del ano anterior a aquel en que disfrutarian de la franquicia de ley 16437 art/7 por la cual tienen derecho a un mes de feriado remunerado cada ano, tienen, no obstante, derecho a disfrutar de este ultimo beneficio, porque esta financiado por ellos mismos conforme ley 15632 art/11 que impuso un impuesto a beneficio fiscal por cada actuacion que practiquen con el preciso fin de solventar ese estipendio. ademas, la suspension referida, fundada en art/496 y art/335 del codigo organico de tribunales, no configura una sancion disciplinaria o una pena, sino que reviste caracteres de una medida preventiva que no implica perdida del empleo por cese de funciones, y el requisito de estar en posesion del cargo a la data indicada, exigido por art/7 en examen, solamente tiende a precisar que el receptor tiene tal calidad a esa epoca, con prescindencia de que preste o no funciones efectivamente.; no obstante, si la suspension preventiva esta vigente los cinco ultimos dias del mes de enero de cada ano, epoca en que debe efectuarse el...

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