Dictamen nº 4253 de Contraloría General de la República, de 18 de Febrero de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239239962

Dictamen nº 4253 de Contraloría General de la República, de 18 de Febrero de 1988

segun dto 1340/65 moopp art/103 y art/93, en caso de liquidacion anticipada del contrato por incumplimiento del plazo o del programa de trabajo, el contratista estara afecto a las siguientes sanciones: a) mantencion de garantias y retenciones del contrato para responder del mayor precio que puedan costar las obras hechas por administracion; b) perdida de un 25 por ciento del valor de las garantias que caucionen el cumplimiento del contrato; c) multa contemplada en dto 1340/65 moopp art/105. el elemento que sirve de base para determinacion del mayor precio que puedan costar las obras efectuadas por administracion es el presupuesto oficial que realice la administracion en relacion a la conclusion de las obras, porque una vez resuelto el contrato cuenta con los elementos de juicio necesarios para hacer los calculos respectivos. referido presupuesto es un antecedente de caracter objetivo que obliga al contratista, y que trata de ajustarse lo mas fielmente posible al costo real de obras pendientes, siendo el...

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