Dictamen nº 44227 de Contraloría General de la República, de 20 de Noviembre de 1980 - Doctrina Administrativa - VLEX 239235274

Dictamen nº 44227 de Contraloría General de la República, de 20 de Noviembre de 1980

delegado de gobierno ante etce no tiene derecho a honorarios por esa funcion publica, puesto que tal desempeno constituye comision de servicios que solo habilita para percibir remuneraciones correspondientes a empleados publicos. delegados de gobierno no tienen asignada retribucion pecuniaria alguna en texto legal, y al no existir contrato o convenio generador de esos honorarios, es improcedente su pago. no corresponde que emolumentos sean establecidos mediante oficios de ministerios, ya que...

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