Dictamen nº 50366 de Contraloría General de la República, de 6 de Diciembre de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239232950

Dictamen nº 50366 de Contraloría General de la República, de 6 de Diciembre de 2002

N° 50.366 Fecha: 6-XII-2002

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña M.N., entre otros comerciantes de la comuna de María Pinto , solicitando la intervención de esta Entidad en relación con el cobro de los derechos de aseo por parte de la municipalidad de esa comuna, en consideración a la normativa legal y reglamentaria que señalan en su presentación.

Del análisis de antecedentes proporcionados por los recurrentes se advierten algunas situaciones que es necesario precisar

  1. - El Decreto 261, de 1980, - mencionado en la presentación - que reglamentó el cálculo del cobro de los derechos de aseo, se encuentra abrogado y fue reemplazado por la Ley 1.388, entregando a los municipios las facultades para fijar las tarifas de acuerdo al costo real de sus servicios de extracción de residuos domiciliarios (Aplica dictamen N° 12.251/99).

    A su turno, la Ley 19.704, de 2000, que reemplaza los artículos 6°, 7° y 8°, y modifica el 9° y otros de la Ley de Rentas Municipales, faculta a cada municipio, para fijar la tarifa del servicio domiciliario de cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosko y sitio eriazo, sobre base de un cálculo que considere tanto los costos fijos como los costos variables del servicio. Las condiciones generales mediante las cuales se fijará la tarifa de aseo, se estipularán en el Reglamento que dicte el Ministerio de Economía, previa consulta a las asociaciones de municipios, el que hasta esta fecha no ha sido publicado.

  2. - Respecto de la Circular N° 48, de 16 de Noviembre de 2001, del Ministerio del Interior, los recurrentes argumentan que ese texto indicaría la forma de cálculo de la tarifa de aseo para el año 2002.

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