Dictamen nº 1147 de Contraloría General de la República, de 7 de Enero de 1969 - Doctrina Administrativa - VLEX 239232942

Dictamen nº 1147 de Contraloría General de la República, de 7 de Enero de 1969

pago de remuneraciones correspondiente a labores extraordinarias que puede realizar el personal de un servicio publico, solo tiene lugar durante goce de feriados, licencias o permisos con/goce de sueldo, en el caso de que el desarrollo de estas tareas extraordinarias constituya una modalidad permanente de desempeno del empleo y ella derive de la naturaleza de las funciones que incumbe cumplir a la respectiva reparticion. de este modo, si el ejercicio de esos trabajos extraordinarios se origina...

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