Dictamen nº 33085 de Contraloría General de la República, de 24 de Diciembre de 1984 - Doctrina Administrativa - VLEX 239228038

Dictamen nº 33085 de Contraloría General de la República, de 24 de Diciembre de 1984

municipalidad ocurrente en su calidad de usuario del servicio de energia electrica se encuentra en la obligacion de efectuar aportes de financiamiento reembolsables a empresas electricas a las que solicite los servicios senalados en dfl 1/82 miner art/75 y art/76. municipio adquiere calidad de usuario respecto del alumbrado publico solo una vez recibidas las obras de urbanizacion a que se refiere dfl 458/75 vivie art/134, por cuanto acorde dfl 458/75 vivie art/135, es precisamente la recepcion de las obras, el hecho que determina incorporacion de calles y espacios publicos en general, al dominio nacional de uso publico. no obstante, devolucion de los aportes no puede hacerse mediante acciones de una empresa privada, debiendo escogerse alguna otra de las formas indicadas en dfl 1/82 miner art/77, que signifique un reembolso para el municipio, ya que en...

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