Dictamen nº 4924 de Contraloría General de la República, de 15 de Febrero de 1989 - Doctrina Administrativa - VLEX 239214458

Dictamen nº 4924 de Contraloría General de la República, de 15 de Febrero de 1989

ex funcionario municipal no tiene derecho a percibir asignacion por perdida de caja por el periodo en que habria desempenado funciones como pagador de subsidios pojh y pem, porque no ha acreditado su desempeno en funciones que justifiquen su otorgamiento. fotocopias de documentos pueden aceptarse como validas siempre y cuando ellas sean visadas por las autoridades que los emitieron o por aquellos en quienes la ley radica de un modo especifico la facultad de dar fe de la autenticidad de dichos titulos o certificados. tampoco tiene derecho al pago de horas extraordinarias por su desempeno como vigilante en un recinto municipal, porque los trabajos que este efectuo en dias festivos o turnos nocturnos fueron compensados debidamente con descansos complementarios. trabajo extraordinario nocturno, acorde dfl 1046/77 hacie art/10 debe compensarse con un descanso complementario igual al tiempo trabajado mas un aumento del 50 por ciento, o en subsidio, con un abono equivalente al valor de las horas trabajadas recargado en un 50 por ciento. en cambio, dichos trabajos prestados a continuacion de la jornada ordinaria, esto es, hasta las 21 horas con un maximo de 40 horas por...

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