Dictamen nº 34897 de Contraloría General de la República, de 20 de Septiembre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239181694

Dictamen nº 34897 de Contraloría General de la República, de 20 de Septiembre de 2000

N° 34.897 Fecha: 12-IX-2000

El Servicio de Salud Metropolitano Oriente solicita a esta Contraloría General que resuelva la discrepancia suscitada con la empresa "Neut Latour y Cía S.A.", respecto de la procedencia de pagar gastos generales asociados por ampliación de plazo fundado en supuestas paralizaciones de faenas en la ejecución de la obra denominada "Construcción Hospital Santiago -Oriente".

Agrega que la sociedad contratista funda su petición en determinadas notas insertas por ella en el respectivo libro de obras, en las que manifiesta, en resumen, que de acuerdo al programa de trabajo aprobado las obras se están efectuando en dos frentes paralelos y críticos, el bloque D y la serie de edificios B, C, F, E, G, H e I, debiendo para iniciar las excavaciones del bloque C estar terminadas las del bloque B, labores que debió paralizar en el tramo B - C, lo cual, a su juicio, genera mayores gastos asociados al aumento de plazo que estima en $ 69.208.889.

Por su parte, don M.S., en representación de la firma adjudicataria solicita se le indemnice por la modificación del programa de trabajo conforme lo consignado en el articulo 140 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas y lo concluido en el dictamen N° 33.193 de 1995 de ésta Entidad de Control.

Sobre el particular, cumple manifestar, en primer término, que el articulo 4.1 de las Bases Administrativas Generales que rigen el contrato de la especie, después de mencionar los documentos que regulan la convención, agrega en su inciso segundo, que "En todo aquello que no esté contemplado en la documentación antes señalada y en el Contrato de construcción a suscribir regirán las disposiciones de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización, las de los respectivos Servicios de Utilidad Pública, las normas del Instituto Nacional de Normalización y las de Prevención de Riesgos y el Reglamento vigente para Contratos de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas, en todo lo que no contravenga las presentes Bases y las Bases Especiales".

Al respecto cabe anotar que la preceptiva de las Bases Administrativas Generales que regulan el contrato en examen, en sus artículos 9.6 y 9.10 se refiere a las variaciones en las cantidades de obras y aumentos de plazo, respectivamente, consignando en la última de las normas citadas que "el contratista podrá invocar como causal de ampliación de plazo, el aumento de obras ordenadas por el Servicio, problemas de fuerza mayor o casos fortuitos, que...

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