Dictamen nº 19615 de Contraloría General de la República, de 23 de Junio de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239175294

Dictamen nº 19615 de Contraloría General de la República, de 23 de Junio de 1997

en contrato para la ejecucion de obra en jardin infantil adjudicado a contratista por municipalidad, no procede cobrar multas a este ultimo por 75 dias de atraso que registra, sino solo por 30 dias. ello, porque las bases administrativas especiales rectoras de la propuesta y del contrato establecieron que los atrasos estarian sancionados por las multas que se indican, sin desmedro de que cuando estos excedieran de 30 dias, se pudiera poner termino administrativo al convenio, si asi se estimara pertinente. asi, de dicha normativa aparece claramente que las multas aplicables no pudieron exceder de 30 dias, pasados los cuales no se contemplo expresamente un castigo sino que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR