Dictamen nº 43215 de Contraloría General de la República, de 23 de Noviembre de 1998 - Doctrina Administrativa - VLEX 239171730

Dictamen nº 43215 de Contraloría General de la República, de 23 de Noviembre de 1998

si durante el proceso de calificacion solo ejerce la representacion del personal el delegado titular, o en su defecto, solo el suplente, aquel que ha concurrido a las sesiones de la junta calificadora, tendra derecho al 4 por ciento de la suma de las remuneraciones a que se refiere art/7 letra e) de ley 19553. si durante ese proceso, el titular debe ser reemplazado por el suplente, los dos recibiran ese beneficio, puesto que ambos habran participado en la calificacion. ello, porque el incremento por desempeno individual que consagra senalado art/7, se concede en relacion a las calificaciones que obtengan los funcionarios, constituyendo una excepcion la situacion de los servidores nombrados en citada letra e) de tal precepto, por cuanto a dichos trabajadores se les otorga tal estipendio sin considerar calificacion alguna, lo que armoniza con el art/29 de ley 18834 que establece que no seran calificados el jefe superior de la institucion, su subrogante legal, los miembros de la junta calificadora central y...

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