Dictamen nº 43850 de Contraloría General de la República, de 25 de Noviembre de 1998 - Doctrina Administrativa - VLEX 239141902

Dictamen nº 43850 de Contraloría General de la República, de 25 de Noviembre de 1998

personal que realiza trabajos de noche o en sabados, domingos o festivos con cargo a su jornada ordinaria, tiene derecho al pago de los recargos respectivos, pero no de las horas mismas. ello, porque el estipendio por estas se encuentra comprendido en el sueldo mensual, pues unicamente pueden considerarse horas extraordinarias las que sobrepasan el numero de aquellas que el funcionario debio trabajar acorde normas sobre jornada laboral previstas en ley 18834. dichos trabajos efectuados en tales dias y horarios se compensan separadamente, sea con descanso o dinero, sin que tenga incidencia alguna el hecho de que no hayan completado los empleados la jornada normal. en este ultimo evento ha de descontarse a los servidores directamente del sueldo las sumas que correspondan por el tiempo no laborado. esto, ya que conforme ley 18834 art/66, por el...

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