Dictamen nº 8027 de Contraloría General de la República, de 30 de Marzo de 1993 - Doctrina Administrativa - VLEX 239124962

Dictamen nº 8027 de Contraloría General de la República, de 30 de Marzo de 1993

municipalidad no puede actualmente sancionar a docente de escuela de su dependencia por haber faltado a sus labores desde el 26/10/92 en que fuera detenido siendo sometido a proceso penal por haber presuntamente incurrido en delito de abusos deshonestos, de lo cual dicho municipio solo tuvo conocimiento el 4/1/93, ordenando entonces una investigacion. ello, porque conforme ley 19070 art/4, en caso de que se haya dictado auto de procesamiento en contra de un profesional de la educacion, por, entre otros, el delito senalado, este podra ser suspendido de funciones con o sin derecho a remuneracion total o parcial, por el tiempo que se prolongue esa situacion, norma reiterada en art/10 letra c) y art/11 del dto 453/91 educacion. por su parte, el art/12 de ese decreto dispone que si el docente procesado es sobreseido definitivamente por la justicia, se terminara la suspension si esta se ha decretado, pero si se le condena, se terminara su relacion laboral previo sumario, acorde art/145 del mismo texto. asi, el interesado ha incurrido en...

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