Dictamen nº 40359 de Contraloría General de la República, de 16 de Noviembre de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239124926

Dictamen nº 40359 de Contraloría General de la República, de 16 de Noviembre de 1988

devuelve resolucion del instituto de normalizacion previsional por la cual su director delega facultades que indica en funcionarios que senala, porque en tal acto se alude a la direccion regional de valparaiso, que solo tendra existencia cuando se establezca un nuevo estatuto organico de ese instituto. menciones a departamentos legal y de operaciones son improcedentes, porque segun dfl 14/81 traba art/11, dichas dependencias no existen en la estructura interna de ese organismo. no puede delegarse representacion de organismos que se fusionaron en inp, porque ellos han dejado de existir, siendo su continuador legal el mismo instituto acorde ley 18689 art/2. resolucion en estudio debe cumplir con ley 18575 art/43, que establece que toda delegacion de facultades debe ser parcial y recaer en materias especificas. no procede aludir a bienes muebles de propiedad de las entidades fusionadas, porque segun ley 18689 art/3, tales bienes han pasado, por el solo ministerio de la ley, al patrimonio del instituto, no siendo valido, por ende, distinguir respecto del titular del dominio de esos bienes. deben precisarse aportes a serviu a que se hace referencia, porque no se clarifica si se trata de dividendos que deben pagar los imponentes de cajas fusionadas o de aportes que como institucion efectua el instituto. acorde dto 75/74 previ art/24 la autorizacion de cargas familiares en el sector publico debe darla el servicio o institucion empleadora. procedimiento de prorrogas para formalizar operaciones hipotecarias no se ajusta al contemplado en dto 148/63 previ art/16.; autorizacion como imponentes de ex caja de prevision de empleados particulares de conductores de vehiculos de alquiler de ley 15722, solo puede referirse a trabajadores que sean o hayan sido imponentes de alguna caja, porque de otro modo, acorde dl 3500/80 art/2 y art/1 tran esas personas deben afiliarse obligatoriamente a una afp. conforme ley 11764 art/30 modificado por ley 18613, los poderes o cartas poderes para cobro de pensiones, deben autorizarse por notario publico u oficial civil. cuota mortuoria y asignacion de funerales solo se devengan por causantes distintos de los fijados en dfl 90/78 previ art/4, conforme su art/12. delegaciones referidas a traslados del personal deben entenderse concernientes a destinaciones (medida que no puede disponerse respecto de contratados), porque los traslados en el dfl 338/60...

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