Dictamen nº 34432 de Contraloría General de la República, de 6 de Octubre de 1994 - Doctrina Administrativa - VLEX 239098814

Dictamen nº 34432 de Contraloría General de la República, de 6 de Octubre de 1994

conforme dto 29/84 vivie articulos 51 y 52, entre otros, tanto respecto de aumentos o disminuciones de obras, como respecto de la formulacion de estados de pago, el contratista debe ejecutar las faenas a los valores indicados en el presupuesto compensado o detallado. asimismo, el precio de las obras se cobra y se paga mediante estados de pago formulados por el constructor, considerando partidas o grupos de partidas terminadas, por unidad de vivienda o pareo, respectivamente. asi, ese presupuesto desempena determinados papeles en el ambito de la relacion contractual, no procediendo entonces calificarlo como un simple antecedente sin mayor relevancia. por ende, como en contrato para realizar viviendas sociales en la florida, regido por el dto 29, las bases administrativas especiales establecieron la obligacion del adjudicatario de entregar a serviu el presupuesto detallado segun listado de item entregado por la institucion y...

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