Dictamen nº 34876 de Contraloría General de la República, de 22 de Septiembre de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239097854

Dictamen nº 34876 de Contraloría General de la República, de 22 de Septiembre de 1999

perdio aplicacion dictamen 14698/88, que concluyo que solo en el caso de las viviendas economicas era admisible la rebaja de los derechos municipales de edificacion tratandose de las superficies abiertas. ello, porque dto 47/92 vivienda, luego de fijar en su art/1 el nuevo texto de la ordenanza general de urbanismo y construcciones, derogo en su art/2, entre otros textos legales, el dto 168/84, del mismo ministerio, reglamento especial de ese tipo de viviendas, cuyo art/12 disponia que el presupuesto sobre el cual se pagaba el permiso municipal debia atenerse a la superficie calculada del modo establecido en su art/11, segun el cual, unicamente se computaba el 50 por ciento de las superficies abiertas cubiertas, y a las tablas de costos a que se refieren los articulos 126 y 127 del dfl 458/75 de la ya citada secretaria de estado. actualmente, la superficie edificada de todas las construcciones, esten o no afectas al dfl 2/59, se determina conforme procedimiento del art/5/1/11 de la nueva ordenanza general, pero sin contabilizar la que, corresponde en el prorrateo de los bienes comunes, si es inferior al 20 por ciento de la de cada vivienda o departamento. lo anterior, por cuanto como no se contemplo un tratamiento distinto y especial para las viviendas...

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