Dictamen nº 3728 de Contraloría General de la República, de 31 de Enero de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239096230

Dictamen nº 3728 de Contraloría General de la República, de 31 de Enero de 2001

N° 3.728 Fecha: 31-I-2001

Ex funcionaria contratada sobre la base de honorarios del Instituto de Desarrollo Agropecuario, se ha dirigido a esta Contraloría General reclamando en contra de la actuación del Director Regional de la IX Región, de dicho Instituto, derivados del término de su contrato y que, a su juicio, afectarían el derecho a ejercer libremente su profesión.

Fundamenta su presentación en el hecho que, una vez terminada su relación con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, presentó una acción judicial por despido injustificado, la que fue resuelta a su favor, en una primera instancia, por la Corte de Apelaciones de Temuco, fallo que posteriormente fue revertido por la Corte Suprema, debiendo en consecuencia, devolver los dineros que percibió, situación que habría sido comunicada por el Director Regional de la IX Región, del citado Instituto al actual empleador de la recurrente, solicitándole además que, considerando lo anteriormente expuesto, se pusiese término al contrato de trabajo de la interesada.

Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que respecto al cobro de deudas que se mantengan con el Fisco de Chile, nuestro ordenamiento jurídico establece dos vías de acción, las que se diferencian según la calidad que ostente el afectado; en efecto, si el deudor tiene la calidad de funcionario público, el cobro se materializa mediante la instrucción, por parte de esta Contraloría General, del respectivo Juicio de Cuentas, o bien, a través de descuentos que se efectúan en las remuneraciones o pensiones que perciba. En cambio, si el deudor es un particular, el cobro sólo se puede efectuar mediante la substanciación de un juicio...

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