Dictamen nº 51 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239095938

Dictamen nº 51 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 1999

ha procedido destinacion de profesional de la direccion de bibliotecas, archivos y museos desde el museo de historia natural de santiago al museo de arte y artesania de linares, como director del mismo. ello, porque acorde art/67 de ley 18834, la jefatura superior del servicio esta facultada para destinar a su personal con la sola limitacion de que las funciones que deba cumplir el servidor sean las propias del cargo para el cual ha sido nombrado y que el empleo al que es destinado sea de la misma institucion y jerarquia. asi, esa atribucion privativa le permite a esa autoridad ordenar las destinaciones del personal de su dependencia, decidiendo discrecionalmente como distribuir y ubicar a los funcionarios segun lo requieran las necesidades de la reparticion. ademas, segun los principios generales que informan la gestion de los servicios publicos, corresponde a las autoridades de la administracion apreciar las circunstancias o razones que justifican la destinacion de un funcionario, siempre que ello no signifique alguna arbitrariedad, lo que no sucede en este caso, puesto que se ha decidido esta destinacion por necesidades actuales del servicio, como es el mejor aprovechamiento del personal calificado, basandose ademas, en la profesion del interesado, administrador publico, que lo habilita para el ejercicio de funciones de direccion en el indicado museo, permitiendo potenciar y reactivar su quehacer. funciones que debera cumplir el recurrente en su nuevo destino no son impropias del cargo para que esta designado. ello, porque segun articulos 1 y 6 de ley 19184, el empleo que desempena ese funcionario en calidad de titular (profesional grado/5 escala unica de sueldos), corresponde a un cargo de caracter generico e innominado, significando su ejercicio el desempeno de funciones que son propias de la planta profesional.; ademas, el titulo de administrador publico no determina que el aludido cargo sea de denominacion...

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