Dictamen nº 51842 de Contraloría General de la República, de 16 de Septiembre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 239004222

Dictamen nº 51842 de Contraloría General de la República, de 16 de Septiembre de 2009

N° 51.842 Fecha: 16-IX-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Antonio Rienzo Renato, Jefe del Subdepartamento de Informática del Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio, representado por su abogado don Juan de Dios Ruiz Reyes, para solicitar la reapertura del sumario administrativo instruido en su contra, al término del cual se le aplicó la medida disciplinaria de multa de 5% de su remuneración mensual.

Sostiene el interesado, en primer término, que la resolución sancionatoria -resolución N° 28, de 2007, del Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio-, a su juicio, carecería de fundamento y resultaría injusta y lesiva a su respecto.

Sobre el particular, corresponde señalar que dicha argumentación no resulta atendible, pues ha sido este Órgano de Control, a través de su sede Regional de Valparaíso, la que, ejerciendo sus facultades fiscalizadoras, advirtió, en su oportunidad, al estudiar la legalidad de los antecedentes sumariales del caso, que respecto del recurrente se había formulado un cargo, que ameritaba que la autoridad le sancionara proporcionalmente a la gravedad de la infracción en que incurriera. Así lo determinó el Ente Contralor Regional mediante oficio N° 2.529, de 2006, siendo menester añadir que dicho criterio fue ratificado por el oficio N° 3.474, de 2008, de igual origen, rechazándose el requerimiento de reconsideración del documento inicialmente aludido que planteara el citado funcionario.

Resulta menester añadir que, en la documentación acompañada por el peticionario a su escrito, aparece que en el sumario administrativo que impugna, él hizo uso de todas las instancias de defensa que le franquea la normativa que regula la materia, no pudiendo desvirtuar la imputación que se le formulara, motivo por el cual no puede alegar que no fue objeto de un debido proceso.

Por otra parte, expone que existen antecedentes que permitirían que se ordenara la reapertura del sumario en comento.

Al respecto, cumple informar que la jurisprudencia administrativa de este Organismo Fiscalizador, contenida entre otros, en los dictámenes N°s. 2.098, de 2002, y 42.579, de 2009, ha concluido que la medida...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR