Dictamen nº 26761 de Contraloría General de la República, de 6 de Junio de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 239003782

Dictamen nº 26761 de Contraloría General de la República, de 6 de Junio de 2005

N° 26.761 Fecha: 6-VI-2005

Se ha dirigido a esta Contraloría doña XX., señalando haber sido contratada a honorarios por la Municipalidad de Cerrillos, desde enero de 2001 hasta diciembre de 2004, para mecanografiar las Actas de la Comisión Social del Concejo Municipal, reconociendo que se le podía poner fin a la relación laboral previo aviso con cinco días de anticipación.

Agrega, que con fecha 03 de diciembre de 2004, fue informada verbalmente por el Jefe de Personal subrogante que se le ponía término a su contrato por lo que el mes siguiente ya no recibiría remuneración, señalando que bastaba avisarle en ese momento y que posteriormente se le haría llegar la notificación por escrito.

A su vez, indica que al no recibir la referida notificación continuó trabajando como de costumbre, hasta que el día 22 de diciembre al requerir el honorario correspondiente a ese mes, el Administrador Municipal le indicó que no correspondía que se le pagara.

Consultado el municipio, haciendo referencia al Memorándum N° 1000/404/2004 de la Dirección Jurídica, el Alcalde señaló que de acuerdo con la cláusula segunda del último contrato a honorarios que se tenía con la recurrente -vigente hasta el 31 de diciembre de 2004-, el municipio podía ponerle término anticipado en cualquier momento, sin expresión de causa, dando el aviso correspondiente con cinco días de anticipación y para ello no se requería de una notificación por escrito sino que bastaba con hacerlo verbalmente. Por esta razón, su contrato de trabajo debe entenderse como finiquitado cinco días después de dicha notificación, es decir, desde el 08 de diciembre de 2004.

Efectuada la indagatoria de rigor, se pudo probar que a la recurrente le fue notificado el término de su contrato a honorarios por carta certificada, con fecha 03 de diciembre de 2004.

A este respecto, de acuerdo con la jurisprudencia de este Organismo Contralor y conforme al procedimiento de notificación postal previsto en el artículo 46 de Ley N° 19.880, se entiende que el interesado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR