Dictamen nº 3027 de Contraloría General de la República, de 18 de Enero de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 239003218

Dictamen nº 3027 de Contraloría General de la República, de 18 de Enero de 2007

N° 3.027 Fecha: 18-I-2007

Se ha dirigido a esta Contraloría General, don X.X., solicitando se revise el procedimiento administrativo en relación a la cancelación de la personalidad jurídica de la Corporación "Club Playa Luna", se determine la presunta "falsedad y falta de verdad" cometida por fiscalizadores del Ministerio de Justicia y se le entregue copia de un informe de la Brigada de Investigación Criminal de Providencia sobre la materia de que se trata.

Agrega el ocurrente, en síntesis y en lo que interesa, que la citada Corporación habría cometido varias faltas que ameritan su cancelación, como tener objetivos sociales diferentes a los indicados en sus estatutos, carecer de sede social, no tener directorio, no realizar asambleas, no tener libros de actas, memorias, ni balances desde el año 2003 a la fecha.

Asimismo expresa que, con fecha 15 de abril de 2005, solicitó la antedicha cancelación de personalidad jurídica, sin que el Ministerio de Justicia se haya pronunciado al respecto, no obstante existir antecedentes que dan cuenta del incumplimiento por parte de dicha Corporación de las normas que la regulan y del vencimiento del plazo para que el Ministerio de Justicia procediere a disponer la respectiva cancelación.

Requerido informe al Ministerio de Justicia, esta Secretaría de Estado lo ha emitido mediante el oficio N° 8.134, de 2006, en el cual manifiesta que se solicitó a la Intendencia de la Región Metropolitana, un informe sobre el funcionamiento de la Corporación "Club Playa Luna", el que fue evacuado por la Policía de Investigaciones, que da cuenta de "diversas anotaciones de carácter judicial, respecto de algunos miembros del Directorio" de dicha Corporación. Sin embargo, solicitado un informe al Consejo de Defensa del Estado, este concluyó que "la mencionada denuncia…, carece de mayores fundamentos y sólo está basada en recortes de diversos periódicos y no se adjuntan mayores antecedentes relativos a la existencia de una playa nudista llamada Playa La Iglesia. El hecho que el Club haya adquirido cierta notoriedad en la prensa y que quiera expandirse no implica que no cumpla con sus fines estatutarios".

Además, se agrega en el antedicho informe del Ministerio de Justicia, que se ha solicitado a la Corporación Club Playa Luna -por oficios de 5 de mayo y 21 de julio, ambos de 2005, y de 13 de abril y 5 de octubre, ambos de 2006-, la documentación relativa a las memorias, balances y directorio de la persona jurídica en comento...

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