Dictamen nº 62339 de Contraloría General de la República, de 28 de Diciembre de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 239001958

Dictamen nº 62339 de Contraloría General de la República, de 28 de Diciembre de 2006

N° 62.339 Fecha: 28-XII-2006

Representante legal y mandatario de la sociedad Inversiones Concoto Limitada, solicita a la Contraloría General que dé por aceptada las solicitudes de concesión de acuicultura que indica, por aplicación del silencio positivo que establece el inciso segundo del artículo 64 de la ley N° 19.880, ya que la Administración no se pronunció dentro del plazo legal.

Señala el recurrente, en síntesis, que es titular de las solicitudes de concesión de acuicultura números PERT 200111283 y 200111285, cuyos proyectos técnicos fueron aprobados por las resoluciones exentas N°s 826 y 1.976, ambas de 2003, de la Subsecretaría de Pesca, respectivamente.

Manifiesta que, conforme lo dispuesto en el artículo 80 de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, los antecedentes fueron remitidos por la Subsecretaría de Pesca a la Subsecretaría de Marina para que ésta proceda a dictar las resoluciones que otorgan las respectivas concesiones de acuicultura.

Agrega que los antecedentes ingresaron a la Subsecretaría de Marina el año 2003, sin que se hayan dictado las resoluciones aludidas precedentemente, habiendo transcurrido con creces el plazo de 90 días contados desde que se reciban los antecedentes remitidos por la Subsecretaría de Pesca, plazo establecido en el artículo 80 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Expresa que con fecha 9 de noviembre de 2005, Inversiones Concoto Limitada, haciendo uso del derecho consagrado en el artículo 64 de la ley N° 19.880, sobre Bases del Procedimiento Administrativo que rige los actos de los órganos de la Administración del Estado, denunció ante la Subsecretaría de Marina el incumplimiento del plazo legal para resolver sus solicitudes de concesión de acuicultura, requiriéndole una decisión sobre el asunto, y que hasta la fecha dicho Servicio no ha dado respuesta a su requerimiento, no obstante el plazo de 5 días fijado en la norma legal antes referida.

Concluye que el otorgamiento de concesiones de acuicultura que cuentan con resolución de calificación ambiental favorable y con resolución de la Subsecretaría de Pesca que aprueba sus respectivos proyectos técnicos, no afecta de ninguna forma al patrimonio fiscal, configurándose a su juicio todos los elementos del inciso segundo del artículo 64 de la ley N° 19.880 para que la Contraloría General declare que se entiendan aceptadas las solicitudes de concesión de acuicultura aludidas.

Requerido de informe, la Subsecretaría de Pesca, en su oficio N° 811, de...

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