Dictamen nº 35188 de Contraloría General de la República, de 29 de Julio de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 239000954

Dictamen nº 35188 de Contraloría General de la República, de 29 de Julio de 2005

N° 35.188 Fecha: 28-VII-2005

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Subsecretaría de Salud, consultando si las dependencias internas de los establecimientos de salud de las Fuerzas Armadas que estén destinadas a la administración de los productos farmacéuticos que se necesiten en esas unidades, requieren autorización sanitaria previa a su funcionamiento. En particular, esa Secretaría de Estado señala que en el Centro Clínico Militar Coyhaique existe una dependencia denominada "Botiquín" donde se expenderían medicamentos sujetos a control legal, tales como estupefacientes y psicotrópicos, el cual carece de la autorización sanitaria previa que exige la normativa pertinente.

En segundo lugar, la Subsecretaría recurrente consulta si corresponde a la autoridad sanitaria fiscalizar el funcionamiento interno de estas dependencias, para verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias que regulan la importación, producción, distribución, expendio y uso de los productos farmacéuticos.

Requerido su informe, el Ejército ha precisado que tanto la organización como el funcionamiento de los establecimientos e instalaciones de salud de las Fuerzas Armadas se sujetan a una regulación diversa de la que establece el Código Sanitario, por lo que respecto del botiquín por el cual se consulta "no caben autorizaciones previas expedidas por la autoridad sanitaria extrainstitucional en atención a que dicha dependencia, como asimismo el Centro Clínico que la cobija, se sujeta en esta materia a las autoridades del Servicio de Sanidad institucional".

Asimismo, el Ejército agrega que no es procedente la fiscalización por parte de la autoridad sanitaria para terminar el funcionamiento interno de dichas dependencias destinada a verificar el cumplimiento de la normativa pertinente, "pues ella forma parte de la competencia de los organismos propios de Sanidad del Ejército".

Por último, hace presente que en el Botiquín del Centro Clínico Militar Coyhaique "no se dispensan productos sicotrópicos o estupefacientes bajo control de stock de cualquier tipo".

Adicionalmente, esta Contraloría General también remitió los antecedentes al Ministerio de Defensa, sin que hasta la fecha esa Secretaría de Estado haya evacuado el informe solicitado sobre las materias que se consultan.

Sobre el particular, cabe consignar que el Libro Sexto del Código Sanitario, denominado "De los laboratorios, farmacias y otros establecimientos", regula el funcionamiento de...

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