Dictamen nº 56047 de Contraloría General de la República, de 26 de Noviembre de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238999598

Dictamen nº 56047 de Contraloría General de la República, de 26 de Noviembre de 2008

N° 56.047 Fecha: 26-XI-2008

Se han dirigido a esta Contraloría General las señoras Laura Cristina y Patricia Alejandra Villanueva Concha, en su calidad de hijas sobrevivientes del Teniente 1° de la Armada de Chile señor Roberto Villanueva, para solicitar el acrecimiento de la pensión de montepío de la que son titulares, en la cuota correspondiente a su hermana Edith Angélica, por haber ésta contraído matrimonio el 25 de octubre de 1995.

Requerido su informe, la Subsecretaría de Marina manifiesta, en síntesis, que por medio de su resolución N° 285, de 2007, dispuso dejar sin efecto la cuota de pensión de montepío concedida a la señora Edith Angélica Villanueva Concha por haber contraído matrimonio el día 25 de octubre de 1995, por lo que el plazo de las recurrentes para solicitar el acrecimiento de su cuota en dicha pensión se encuentra en exceso vencido.

Sobre el particular, es dable hacer presente que el D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, vigente en conformidad al artículo final del D.F.L. N° 1, de 1997, actual Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, dispone en el N° 1 del artículo 202, que los asignatarios de montepío cesarán en el goce de éste por haber celebrado matrimonio, lo que ha ocurrido en el caso de la señora Edith Angélica Villanueva Concha a contar del 25 de octubre de 1995.

En este punto, es dable destacar que el inciso tercero del artículo 164 del aludido D.F.L. N° 1, de 1968, aplicable en la especie, previene que sin perjuicio de los plazos de prescripción de corto tiempo establecidos para casos específicos, el derecho a impetrar pensión, reajustes...

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