Dictamen nº 29348 de Contraloría General de la República, de 9 de Junio de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238999014

Dictamen nº 29348 de Contraloría General de la República, de 9 de Junio de 2004

N° 29.348 Fecha: 9-VI-2004

Se ha solicitado un pronunciamiento que determine si el diploma de Ingeniero de Ejecución Agrícola, con mención en Fitotecnia, otorgado por la Universidad de Chile, sede Temuco, actual Universidad de La Frontera, reviste el carácter jurídico de título profesional que permita acceder al beneficio de asignación profesional; asignación al grado efectivo y sobresueldo por título profesional, según el caso.

Sobre el particular, conviene tener presente, en primer término, que el artículo 3° del DL. N° 479, de 1974, dispone que para percibir el beneficio de asignación profesional se requiere que el funcionario cumpla, en alguna de la entidades regidas por el artículo 1° y 2° del DL. N° 249, de 1973, una jornada de trabajo de 44 horas semanales y acredite la posesión de un título profesional.

A su turno, la letra b), del artículo 185 del DFL. (G) N° 1, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, contempla la asignación de especialidad al grado efectivo y la letra g), del artículo 186, del mismo cuerpo normativo, se refiere a la percepción del sobresueldo por título profesional.

Así, entonces, para impetrar los beneficios económicos en comento, será requisito establecer, de manera precisa, si los servidores de quienes se trata se encuentran en posesión de un título profesional, aspecto que debe ser analizado teniendo en consideración la legislación que regula la materia, contenida en Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de la Enseñanza.

En efecto, el artículo 31 del cuerpo legal precitado, define el título profesional como aquel que se concede a un egresado de un Instituto Profesional o de una Universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional.

Requerido su informe, el señor Rector (S) de la Universidad de Chile, manifestó que la carrera de Ingeniería de Ejecución Agrícola con menciones, conducente al título de Ingeniero de Ejecución Agrícola, tenía, según se señala en el artículo 1° de su Reglamento y Plan de Estudios, aprobado por Decreto Universitario N° 2.754, de 1972, "una duración total de siete semestres, distribuidos en un semestre de práctica inicial y seis semestres de currículum lectivo".

A su turno, la señora Subsecretaria de Educación, manifestó que la carrera, conducente al titulo de Ingeniería de Ejecución Agrícola con mención en Fitotecnia, otorgado en el año 1978, por la Universidad...

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