Dictamen nº 2833 de Contraloría General de la República, de 19 de Enero de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 238996570

Dictamen nº 2833 de Contraloría General de la República, de 19 de Enero de 2005

N° 2.833 Fecha: 19-I-2005

Se ha dirigido a esta Contraloría General don XX, mediante la presentación N° 49.975 de 2003, solicitando un pronunciamiento sobre la legalidad de la medida de reconsideración de que fuera objeto la declaración de caducidad de la concesión que indica, así como de la injerencia que le cabría a la Subsecretaria de Pesca al permitir a la concesionaria regularizar su situación.

Señala que requirió la caducidad de la Resolución N° 1.450, de 1997 (M), que modificó la concesión de acuicultura otorgada por Decreto N° 851, de 1979, sobre un sector de playa, porción de agua y fondo de mar, en Bahía Chincui, isla Caullahuapi, comuna de Puerto Montt, a la Empresa Pesquera Nichiro Chile Limitada, y que autorizó su transferencia a Pesquera Los Fiordos Limitada, ordenándose al nuevo concesionario dar cumplimiento al Proyecto Técnico y Cronograma de Actividades aprobado por Resolución N° 1.532, modificado por Resolución N° 1.675, ambas de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaria de Pesca, lo que no se habría producido a cabalidad, incurriendo en causal de caducidad.

Agrega que en virtud a lo anterior, la Dirección Regional de Pesca de la X Región de Los Lagos, solicitó la caducidad de la aludida concesión de acuicultura, al tenor del artículo 142, letra e), de la Ley General de Pesca y Acuicultura, materializándose a través de la Resolución N° 769, de 12 de marzo de 2002 (M) , la que una vez notificada a la Pesquera Los Fiordos Limitada, fue objeto de un recurso de reclamación ministerial por parte de ésta, el cual fue acogido, dejándose sin efecto la medida anotada, según Resolución N° 954, de 2003 (M), por no haberse configurado la causal de caducidad.

Requerido informe a la Subsecretaría de Pesca, ésta a través de su oficio (DJ.) ORD. N° 653, de 2004, complementado por (DJ.) ORD. N° 2305, de 2002, señala acerca del recurso de reclamación presentado por la Pesquera Los Fiordos Limitada que, para los efectos de establecer la caducidad de una concesión, es menester determinar cuál es el primer año de vigencia a que se refiere la norma.

Aduce que de acuerdo al Titulo VI de la Ley General de Pesca y Acuicultura y al Título IV del Decreto Supremo N° 290, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (P), es posible transferir las concesiones de acuicultura con autorización previa de la Subsecretaría de Marina (artículo 81 Ley N° 18.892), concluyendo que la transferencia de una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR