Dictamen nº 55091 de Contraloría General de la República, de 21 de Noviembre de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238995282

Dictamen nº 55091 de Contraloría General de la República, de 21 de Noviembre de 2008

N° 55.091 Fecha: 21-XI-2008

Doña Paola Arancibia Valdés, ex funcionaria de esta Entidad, ha solicitado se emita un pronunciamiento acerca del derecho que le asistiría para obtener el beneficio de "premio al estímulo académico", concedido por el Servicio de Bienestar de esta Contraloría General.

Al respecto indica, que desde el mes de julio de 1999 hasta el 17 de mayo del 2007, desempeñó funciones en este Servicio, al mismo tiempo que estudiaba la carrera de Trabajo Social, en la Universidad Raúl Silva Henríquez, teniendo notas que superaban el margen requerido para el otorgamiento de dicho incentivo. Así en el 2006, que fue su último año de estudio, obtuvo calificaciones sobre seis, por lo que estima ser merecedora de este beneficio, que si bien fue otorgado con posterioridad a su desvinculación de este Organismo, se concedió teniendo en cuenta las calificaciones correspondientes a dicho período académico, en el que aún pertenecía a esta Contraloría General.

En relación con la materia, corresponde indicar que el Reglamento de Bienestar del Personal de la Contraloría General de La República, aprobado por Resolución N° 535, de 1985, de esta misma Entidad, establece en su artículo 3°, que "tendrán derecho a los beneficios otorgados por el Servicio de Bienestar los afiliados y las personas por las cuales perciban asignación familiar".

Por su parte, el artículo 25 de ese texto reglamentario previene que el referido Bienestar,, "en la medida que sus disponibilidades económicas lo permitan, podrá otorgar a sus afiliados y demás personas a que se refiere el artículo 3°, los beneficios que se señalan en los artículos siguientes y aquellos otros que la Junta Directiva acuerde".

Las disposiciones que anteceden, como puede advertirse, otorgan los citados beneficios a las personas que tienen la calidad de "afiliados y a las cargas familiares de tales asociados", no correspondiendo por lo tanto conceder aquéllos a quienes a la data en que ellos se conceden no poseen tal calidad.

Ahora bien, en cuanto al "incentivo estudiantil para funcionarios", conviene tener presente que fue establecido por acuerdo de la mencionada Junta Directiva, con el objetivo de incentivar al personal...

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