Dictamen nº 32258 de Contraloría General de la República, de 11 de Julio de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238990790

Dictamen nº 32258 de Contraloría General de la República, de 11 de Julio de 2006

N° 32.258 Fecha: 11-VII-2006

La Municipalidad de Las Condes ha solicitado un pronunciamiento acerca de la forma en que debe proceder respecto de las patentes de expendio de bebidas alcohólicas que indica, pertenecientes a los contribuyentes que señala y cuyos establecimientos, por las razones que expone, no se encuentran en funcionamiento.

La recurrente precisa que la causa que originó el cese en el funcionamiento de los correspondientes establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas fue la no renovación de las patentes de alcoholes de que se trata, dispuesta por ese municipio, mediante los Decretos N°s. 2.326, 2.327 y 2.329, de 2005, a contar del 1 de julio de ese año.

Añade que los actos denegatorios de renovación mencionados fueron objeto de un recurso de protección interpuesto por los afectados en su contra ante la Corte de Apelaciones de Santiago, acción que fue acogida, en definitiva, por la Corte Suprema, la que ordenó a esa entidad edilicia en el respectivo fallo -de fecha 12 de enero de 2006- la renovación de las patentes en litigio.

Así, en cumplimiento de la referida sentencia judicial, la municipalidad, con fecha 2 de febrero de 2006, procedió a dejar sin efecto los citados decretos edilicios y a renovar, a contar del 1 de julio de 2005, las patentes de alcoholes en cuestión.

No obstante lo anterior, agrega el municipio, los titulares de esas patentes no han podido recuperar la posesión de los locales en los que originalmente se les autorizó ejercer la actividad gravada, lo que ha impedido que los respectivos establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas vuelvan a funcionar, razón por la cual solicita el presente pronunciamiento.

Sobre el particular, se debe precisar, en primer término, que la circunstancia de haberse dictado en la especie una sentencia judicial, no impide que esta Contraloría General entre al análisis de la situación planteada, considerando que las patentes a las que ésta se refiere han sido renovadas en virtud de actos municipales, de manera que sin cuestionar, por cierto, la resolución adoptada en sede jurisdiccional, los actos administrativos dictados en cumplimiento de la aludida sentencia, quedan sujetos a la fiscalización de este Organismo de Control en lo que concierne a los efectos que pueda tener la falta de funcionamiento de los correspondientes establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, al tenor de lo consultado por la entidad edilicia.

Precisado lo anterior, es menester recordar...

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