Dictamen nº 13993 de Contraloría General de la República, de 1 de Abril de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238989142

Dictamen nº 13993 de Contraloría General de la República, de 1 de Abril de 2008

N° 13.993 Fecha: 1-IV-2008

Se ha dirigido a esta Contraloría General don A.E., funcionario a contrata, Profesional grado 5 E.U.S., en el Servicio de Impuestos Internos, solicitando un pronunciamiento en orden a que se determine si se encuentra en la obligación de cesar en funciones en el empleo que actualmente sirve para obtener una nueva pensión.

Expresa el recurrente en su escrito, que a contar del 1° de julio de 2003 obtuvo una jubilación por vejez otorgada por el Instituto de Normalización Previsional. Añade, que posteriormente se ha reincorporado al Servicio de Impuestos Internos, en el empleo a contrata que actualmente desempeña.

Enseguida, señala que desde el 1° de julio de 2003 y hasta el 31 de marzo de 2007, cotizó voluntariamente imposiciones en una A.F.P., y efectuó ahorro previsional voluntario en una compañía de seguros de vida, cuyos fondos ha traspasado a la citada Administradora, para obtener una pensión o una renta vitalicia. Sin embargo, al iniciar el trámite respectivo, ésta le indicó que previamente debe cesar en su actual empleo a contrata, lo que, a su juicio, no correspondería.

Sostiene el interesado, además, sobre la base de las consideraciones que expone, que en el evento de obtener la pensión acorde al nuevo sistema previsional, no procedería aplicar a su respecto los artículos 146, letra b), y 149 de la ley N° 18.834, esto es, cesar en el empleo que sirve.

Sobre el particular, cabe anotar, en primer término, que revisados los registros de esta Contraloría General se ha podido verificar que el recurrente mediante la resolución N° 194, de 2007, del Servicio de Impuestos Internos, fue contratado en esa entidad como profesional grado 5 E.U.S., desde el 1° de enero al 31 de diciembre de 2007, contratación que fue prorrogada por el año 2008.

Enseguida, cumple informar que el artículo 146 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado ha sido fijado por el D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, dispone en su letra b), que el funcionario cesará en el empleo, en el caso de "Obtención de jubilación, pensión o renta vitalicia en un régimen previsional, en relación al...

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