Dictamen nº 9388 de Contraloría General de la República, de 23 de Febrero de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 238987706

Dictamen nº 9388 de Contraloría General de la República, de 23 de Febrero de 2005

N° 9.388 Fecha: 23-II-2005

La Dirección de Bienestar de Carabineros ha solicitado a esta Contraloría General, la reconsideración del Dictamen N° 53.006, de 2004. Por su parte, don XX. solicita la ampliación del referido pronunciamiento, disponiendo se ordene su reincorporación al servicio Casino Casa de Campo Peña Rey.

Cabe recordar que mediante el pronunciamiento cuya reconsideración se solicita, se determinó que, habiéndose invocado la causal del N° 1, letra a), del artículo 160 del Código del Trabajo -cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL. N° 1, de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social-, para concluir la relación laboral del recurrente, debió establecerse la existencia de aquélla a través de una breve investigación, que satisfaga los principios generales del derecho permitiendo al afectado defenderse de las actuaciones imputadas, lo que no constaba que se hubiere efectuado, por lo que el término de la relación laboral del peticionario no se habría ajustado a derecho.

Ahora bien, mediante Oficio N° 3.639, de 2005, se solicitó a la Dirección de Bienestar de Carabineros se remitiera a esta Entidad Fiscalizadora el expediente completo instruido respecto a la responsabilidad del interesado, el que por Oficio N° 14, de 2005, de esa Dirección, se ha acompañado.

De los documentos tenidos a la vista, consta que ante un reclamo de don YY., se dispuso, con fecha 18 de febrero de 2004, la instrucción de una Investigación Administrativa a fin de esclarecer dichos hechos y determinar las eventuales responsabilidades que en ellos tendrían las personas indicadas por el reclamante, entre los cuales se contaba el señor XX.

En dicha investigación se acreditó que don XX., quien fue contratado bajo las normas del Código del Trabajo, para desempeñar el cargo de "Ranchero", organizó un evento en uno de los Salones del Club de Campo de Cabos y Carabineros "Peña Rey", careciendo de atribuciones para ello, para lo cual negoció directamente con el reclamante la realización de una fiesta, cobrándole la suma de $1.720.000.-, y luego, sin fundamento legal o reglamentario alguno, realizó toda la...

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