Dictamen nº 34360 de Contraloría General de la República, de 8 de Julio de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238985270

Dictamen nº 34360 de Contraloría General de la República, de 8 de Julio de 2004

N° 34.360 Fecha: 8-VII-2004

La Contraloría Regional del Libertador O'Higgins ha remitido una presentación de doña NN., mediante la cual solicita se reconsidere el dictamen N° 428, de 2004, de esa Sede Regional, atendidas las consideraciones que expone.

Al respecto, es útil recordar que el pronunciamiento cuya reconsideración se solicita, atendiendo una presentación de la Municipalidad de Las Cabras, procedió a reconsiderar el dictamen N° 3197, de 2003, en el sentido de establecer -a diferencia de lo concluido en este último dictamen- que la suspensión del pago de la asignación otorgada a la recurrente por parte de dicho Municipio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 45 de la ley 19.378, se había ajustado a derecho, pues dejó de cumplir las tareas fijadas como requisito para obtener el pago de ese beneficio.

Por su parte, la recurrente estima que debe darse cumplimiento al dictamen N° 3.197, de 2003, dado que la reconsideración solicitada por la Municipalidad de Las Cabras respecto de ese libelo, fue presentada, en su opinión, fuera del plazo de 15 días que existiría para deducirla.

Asimismo, estima que el citado pronunciamiento contraviene lo sostenido en el dictamen N° 35.643, de 2000, emanado de esta Contraloría General.

En relación con la materia, cabe señalar en primer término que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la ley 19.378, con la aprobación del Concejo Municipal, la entidad administradora podrá otorgar a sus funcionarios una asignación de carácter transitorio, en los términos que la propia norma prevé.

Enseguida, en cuanto al fondo del asunto planteado, y según se advierte de los antecedentes tenidos a la vista, la Municipalidad de Las Cabras celebró un convenio con el Servicio de Salud O'Higgins -dependiente del Ministerio de Salud- para desarrollar un "Programa de Mejoramiento de Atención en el Nivel Primario de Salud". Con el propósito de implementar ese Programa, el Municipio sometió al acuerdo del Concejo Municipal un documento en el que se contenían determinadas funciones que debían cumplir quienes participaran en su ejecución, así como los márgenes de dinero dentro de los que oscilarían las cantidades que serían otorgadas a esos servidores, de acuerdo con el artículo 45 de la ley N° 19.378; marco regulatorio dentro del cual fue aprobado por ese cuerpo colegiado, el otorgamiento de tal asignación.

Como puede advertirse de lo señalado precedentemente, el otorgamiento de la asignación del artículo 45...

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