Dictamen nº 13337 de Contraloría General de la República, de 26 de Marzo de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238982358

Dictamen nº 13337 de Contraloría General de la República, de 26 de Marzo de 2008

N° 13.337 Fecha : 26-III-2008

La Contraloría Regional de Tarapacá, ha remitido a esta Sede Central la presentación de viuda de pensionado en el régimen de la ex Caja de Empleados Públicos y Periodistas, quien reclama porque el Instituto de Normalización Previsional no le ha pagado el 100% del seguro de vida causado al fallecimiento de su cónyuge que, a su juicio, le corresponde, sino tan sólo el 66,6% del total.

Al respecto, es dable anotar, en primer término, que el inciso primero del artículo 29 del decreto N° 1.340, bis, de 1930, Ley Orgánica de la referida ex Caja, dispone que el seguro de vida es una asignación por causa de muerte que consistirá en un año y medio del sueldo de que disfrute el imponente, computado de conformidad a lo indicado en su artículo 20.

A su vez, el artículo 31 del precitado texto normativo, establece que tienen derecho al seguro de vida, entre otros, la viuda y los hijos del fallecido, correspondiendo a la primera, la mitad y el resto a los hijos por partes iguales. En caso de no haber hijos legítimos o naturales (actualmente matrimoniales y extramatrimoniales), las dos terceras partes del seguro serán para la viuda y a falta de viuda, todo el seguro corresponderá a los aludidos hijos.

Por su parte, la jurisprudencia administrativa contenida en el dictamen N° 4.597, de 1997, de esta Entidad Fiscalizadora, ratificando el...

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