Dictamen nº 34383 de Contraloría General de la República, de 11 de Agosto de 2003 - Doctrina Administrativa - VLEX 238974370

Dictamen nº 34383 de Contraloría General de la República, de 11 de Agosto de 2003

Nº 34.383 Fecha: 11-VIII-2003

Esta Contraloría General no ha registrado el decreto Nº 117, de 2003, de la Municipalidad de Cerro Navia, mediante el cual se dispone la aplicación de la medida disciplinaria de "multa del 5% de su remuneración" a don CE.P, por cuanto la materia de que se trata no se encuentra sujeta a trámite ante este Organismo ya que constituye una gestión interna del sumario administrativo en el que incide (Aplica dictámenes N°s 32.148, de 1997 y 10.751, de 1998).

En efecto, en los procesos disciplinarios sólo se encuentra sometido al trámite de registro a que alude el artículo 53 de la Ley Nº 18.695 el acto terminal que contiene la absolución, el sobreseimiento o la sanción que en definitiva se impone al inculpado, luego que el alcalde haya fallado el recurso de reposición interpuesto o ha vencido el plazo para deducirlo, sin que ello haya ocurrido, como sucedió en este caso, toda vez que el decreto en análisis es de fecha 9 de mayo de 2003, en tanto que su notificación al afectado es de 26 del mismo mes y año.

En relación con la materia, se debe precisar que cuando esa Autoridad resuelve aplicar una medida disciplinaria a un funcionario de su dependencia, decisión que al tenor de lo dispuesto en el artículo 138, inciso final, de la Ley Nº 18.883, debe ser notificada al imputado, puede hacerlo mediante un documento no sujeto a mayor formalidad, en el cual se le haga presente su derecho a deducir el recurso de reposición contemplado en el artículo 139 del citado cuerpo estatutario, en el término de dos o cinco días según se trate de una investigación sumaria o de un sumario...

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