Dictamen nº 59567 de Contraloría General de la República, de 1 de Diciembre de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238973126

Dictamen nº 59567 de Contraloría General de la República, de 1 de Diciembre de 2004

N° 59.567 Fecha: 1-XII-2004

Don XX, en representación de la firma constructora Río Bío-Bío S.A., hace presente a esta Contraloría General que la Subsecretaría de Agricultura no ha dado cumplimiento al dictamen N° 54.262, de 2003, de esta Entidad, mediante el cual se concluyó que dicho Servicio debía pagar al recurrente los trabajos efectivamente realizados por concepto de obras extraordinarias efectuadas en virtud del contrato de remodelación celebrado con la nombrada repartición el 18 de junio de 2001 por la suma alzada de $27.581.827, y aprobado mediante la resolución exenta N°251, de 2001, del mismo Organismo para la ejecución de la obra "Reparación y Habilitación Oficinas 5° piso sector poniente, Teatinos N°40, Santiago", no obstante que las aludidas construcciones fueron encargadas verbalmente al contratista por el Inspector Técnico de la Obra.

Por su parte, la Subsecretaría de Agricultura mediante ORD. N°480, de 2004, solicita la reconsideración del indicado pronunciamiento jurídico aduciendo que no adeudaría suma alguna a la sociedad constructora, la que, además, no habría acreditado ante el Servicio la insuficiencia de los pagos efectuados. Agrega que el contratista asumió el compromiso de ejecutar el proyecto mediante la modalidad de "Obra Terminada Llave en Mano", incluyendo todas las partidas necesarias, estuvieran o no indicadas en las especificaciones o en la propuesta, y de que las terminaciones serían de primera calidad, especialmente en lo relativo a la mano de obra destinada a la aplicación de todos los materiales, debiéndose pagar el precio estipulado sólo por partidas terminadas y recibidas conforme.

Sobre el particular, cumple señalar que amparado en el informe aludido, el recurrente solicita el pago de $2.486.178, que por concepto de obras extraordinarias y aumentos de obras se encontrarían impagas.

Al respecto cabe anotar que de los antecedentes allegados y de la investigación efectuada por personal especializado de este Organismo se ha podido verificar que dichas obras efectivamente se encuentran realizadas y corresponden a las partidas 3.1, 3.2, 3.4, 3.5, 3.6, 3.8, 3.9 y 3.10, que alcanzan la suma de $2.150.458, más IVA, individualizadas en el desglose de partidas adeudadas.

Por su parte, las partidas 3.3 y 3.7, que en conjunto suman $705.800, fueron canceladas parcialmente por el Servicio con la suma de $400.000 mediante factura N°248, de 28 de diciembre de 2001, y cheque N° DG 1678043 del Banco del Estado, quedando...

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