Dictamen nº 5234 de Contraloría General de la República, de 31 de Enero de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238972794

Dictamen nº 5234 de Contraloría General de la República, de 31 de Enero de 2006

N° 5.234 Fecha: 31-I-2006

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Vallenar, solicitando la reconsideración del informe definitivo elaborado por la Contraloría Regional de Atacama en relación con la fiscalización de la obra "Ampliación y Equipamiento Escuela D-59, Vallenar", cuya ejecución fue contratada entre esa entidad edilicia y la empresa Constructora Dorgambide Ltda. bajo la modalidad de suma alzada, por cuanto, a su juicio, la Sede Regional no habría considerado en ese informe los planteamientos formulados por el municipio en el curso de la investigación.

En particular, el municipio cuestiona el aludido informe en lo que atañe a la orden de cancelación de una determinada partida, la que, acorde con los antecedentes tenidos a la vista, sería aquella vinculada con los materiales utilizados en la ejecución del cielo del tercer piso de la obra construida, tratada en el punto III, letra a), del informe de fiscalización aludido.

Por su parte, la empresa Constructora Dorgambide Ltda., solicita que se le informe sobre el estado de tramitación de la presentación efectuada por la Municipalidad de Vallenar ante esta Contraloría General, a la vez que adjunta el Decreto Exento N° 1.031, de 2005, de dicho municipio, que aprueba la modificación del contrato correspondiente a la obra mencionada y que compromete a la municipalidad a informar al contratista sobre los avances y resultados de la referida presentación.

Sobre el particular, en primer término, cabe señalar que la Contraloría Regional de Atacama, en el marco de la fiscalización técnica y administrativa de la obra individualizada y con ocasión de la presentación que formulara don José Dorgambide O., en representación de la empresa contratada para la ejecución de la obra, llevó a cabo una investigación respecto de divergencias generadas entre esta última y la Municipalidad de Vallenar acerca de la cancelación de algunas partidas de la obra que se habrían ejecutado en términos distintos a los estipulados.

Es del caso anotar que, en lo que importa a la partida a que se refiere la presentación del epígrafe -analizada en el punto III, letra a), del informe elaborado por la Contraloría Regional-, la empresa contratista reclamó que, en cumplimiento de instrucciones impartidas por la Dirección de Obras Municipales a cargo de la inspección técnica de la obra-, debió ejecutar el cielo del tercer piso de la edificación en hormigón armado, en circunstancias que las especificaciones...

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