Dictamen nº 39978 de Contraloría General de la República, de 4 de Septiembre de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 238972014

Dictamen nº 39978 de Contraloría General de la República, de 4 de Septiembre de 2007

N° 39.978 Fecha: 4-IX-2007

Se ha dirigido a esta Contraloría General profesional de la educación, ex dependiente de la Municipalidad de Peñaflor, solicitando que se le paguen las remuneraciones y demás beneficios asociados al cargo que desempeñaba, por el lapso que media entre el cese de sus funciones por supresión total de horas titulares, y el pago efectivo de la indemnización que contempla el artículo 73 de la Ley N° 19.070.

Agrega la recurrente que no se le ha pagado la asignación de perfeccionamiento que establece el artículo 49 del citado ordenamiento estatutario -en circunstancias que acompañó un certificado en que acredita estar en posesión del grado académico de Magíster en Educación, con Mención en Currículum y Evaluación-, y la bonificación de reconocimiento profesional del artículo 1° de la Ley N° 20.158; señala que, además no se han enterado sus cotizaciones previsionales y de salud desde febrero de 2007.

Requerido su informe al Municipio, éste, mediante oficios N°s 246/498 y 427/832, ambos de 2007, lo ha evacuado.

Sobre el particular, es útil consignar que la causal de término de la relación laboral de los profesionales de la educación, establecida en la letra i) del artículo 72 del DFL 1, de 1996, de Educación -que fija el texto de la Ley N° 19.070, sobre Estatuto Docente-, esto es, la supresión de las horas que sirven, debe basarse obligatoriamente en el artículo 22 del mencionado cuerpo legal y estar fundamentada en el Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal -en adelante, PADEM-, vigente para el año escolar siguiente (aplica dictámenes N°s 58.650, de 2006 y 1.323, de 2007, entre otros).

Ahora bien, de los antecedentes acompañados, se ha podido verificar que la Municipalidad de Peñaflor se ha ajustado a derecho en la situación en estudio, toda vez que consta en el PADEM para el año 2007 la adecuación de la dotación docente comunal por la causal consignada en el N° 2 del ya mencionado artículo 22 -modificaciones curriculares-, al suprimirse la asignatura de Francés del Plan de Estudios del Liceo Peñaflor, en que cumplía funciones la reclamante, entrando a regir tal adecuación a contar del inicio del año laboral docente 2007, según da cuenta la notificación por carta certificada de fecha 28 de diciembre de 2006, contenida en el Ord. N° 1318, del mismo año.

Precisado lo anterior, es menester hacer notar que los titulares a quienes se ponga término a su relación laboral por la causal comentada, tienen derecho a percibir una...

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