Dictamen nº 59798 de Contraloría General de la República, de 17 de Diciembre de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238971302

Dictamen nº 59798 de Contraloría General de la República, de 17 de Diciembre de 2008

N° 59.798 Fecha: 17-XII-2008

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Pedro Cortés Jopia, denunciando que la Municipalidad de Ovalle y la fiscalía local del Ministerio Público habrían conculcado, por las razones que indica, sus derechos y garantías constitucionales en lo relativo a la tramitación de un proceso sumarial, instruido por dicho municipio a fin de establecer las responsabilidades administrativas eventualmente comprometidas a consecuencia del fallecimiento de su hijo Flavio Cortés Aros, alumno en práctica del Liceo Politécnico de esa comuna, acaecido el 25 de febrero de 2004.

Funda su reclamo en que dicha entidad edilicia no le hizo entrega de los antecedentes sumariales en la oportunidad solicitada, lo que, a su vez, habría perjudicado la investigación penal seguida por el fiscal adjunto respectivo, de cuya labor discrepa. Agrega que, en general, no pudo participar durante la sustanciación de la indagatoria administrativa en calidad de víctima, ni se le notificó del sobreseimiento de la misma.

Al respecto, cabe señalar que si bien de acuerdo al artículo 13, inciso segundo, de la ley N° 18.575 -Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado-, la función pública debe ser ejercida con transparencia, tal norma debe interpretarse armónicamente -en lo que interesa- con el artículo 135 de la ley N° 18.883 -Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales-, conforme al cual el sumario será secreto hasta la fecha de formulación de cargos, oportunidad en que dejará de serlo para el inculpado y el abogado que asuma su defensa. Por ende, en el lapso que media entre la formulación de cargos y la fecha en que el proceso queda concluido, éste puede ser conocido sólo por las personas indicadas (aplica dictamen N° 14.807, de 2004).

Siendo así, el secreto del proceso sumarial tiene por objeto asegurar el éxito de la investigación, el resguardo del debido proceso, y la honra y respeto a la vida pública de los funcionarios que, eventualmente, podrían tener comprometida su responsabilidad en los hechos investigados, dado que las conclusiones a que se llegue en dicho proceso sólo quedan a firme una vez totalmente tramitado.

Ahora bien, atendido que la resolución que afina un proceso disciplinario, disponiendo la aplicación de una medida disciplinaria, la absolución o el sobreseimiento, constituye un acto administrativo, debe entenderse que dicha resolución -y los documentos que le sirvan de sustento o complemento...

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