Dictamen nº 28520 de Contraloría General de la República, de 3 de Junio de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238970690

Dictamen nº 28520 de Contraloría General de la República, de 3 de Junio de 2004

N° 28.520 Fecha: 3-VI-2004

El Director del Personal del Ejército de Chile, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento que determine si los diplomas de Comunicador con mención en Dirección y Producción de Televisión, otorgado por el Instituto Profesional INCACEA y de Licenciado en Comunicación Social, otorgado por la Universidad Finis Terrae, revisten el carácter jurídico de títulos profesionales habilitantes para percibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional, contemplados en el DFL. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.

Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que los artículos 185, letra b) y 186, letra g), del citado DFL. (G) N° 1, de 1997, reconocen los indicados beneficios económicos a quienes se encuentren en posesión de un título profesional y cumplan con las demás exigencias que dichos preceptos prevén.

De los antecedentes tenidos a la vista, en especial, certificado emitido por el Secretario General de la Universidad Finis Terrae, consta que el señor XX, obtuvo con fecha 10 de agosto de 2001, su título de Periodista en la aludida Entidad de Educación Superior.

Puntualizado lo anterior, se debe señalar que, el artículo 31 de Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, previene que título profesional es el que se otorga a un egresado de un Instituto Profesional o de una Universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional.

Luego, el artículo 52, letra p), de la citada Ley N° 18.962, establece que para obtener el título profesional de Periodista, se debe estar, previamente, en posesión del grado académico de Licenciado en Comunicación Social, siendo, entonces, de aquellos diplomas que por mandato legal tienen la naturaleza de profesionales.

A su turno, de los antecedentes acompañados por la Universidad Finis Terrae y por el Ministerio de Educación, Oficios Ns. 31 y 687, ambos de 2004, respectivamente, aparece que la carrera de Periodismo, conducente al grado académico de Licenciado en Comunicación Social y al título de...

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