Dictamen nº 30326 de Contraloría General de la República, de 29 de Junio de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238961066

Dictamen nº 30326 de Contraloría General de la República, de 29 de Junio de 2006

N° 30.326 Fecha: 29-VI-2006

Ex trabajador de la Empresa Frigorífico Socoagro, exonerado político, solicita a esta Contraloría General la revisión de la pensión no contributiva, por gracia, que lo favorece, atendidas las consideraciones que expone en su solicitud.

Requerido de informe, el Instituto de Normalización Previsional, por medio del oficio ordinario S.G. N° 14510-05-9, de 2006, al que adjunta el oficio ordinario N° 1.552, de igual año, elaborado por la Unidad Apoyo Legal, Coordinación Exonerados Políticos, de la División Concesión de Beneficios, y el respectivo expediente previsional, manifiesta, en síntesis, que el Ministerio del Interior, a través de la resolución exenta N° 2.646, de 2002, declaró la calidad de exonerado político del interesado, concediéndole pensión no contributiva, por gracia, por un monto inicial mensual de $ 85.546.-, a contar del 1° de octubre de 1999.

Al respecto, cabe manifestar, en primer término, que por tratarse en este caso de un ex trabajador exonerado de una empresa privada, debe aplicarse el procedimiento de cálculo establecido en el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234 y sus modificaciones, razón por la cual, para los efectos de la asimilación a un grado de la Escala Única de Sueldos, se consideraron las remuneraciones imponibles percibidas por recurrente en los meses de julio, agosto y septiembre de 1977, atendida la fecha de su exoneración, 29 de octubre de 1977. Como resultado de la referida fórmula de cálculo, el grado que correspondió asignarle a marzo de 1990, fue el 22° de la Escala Única de Sueldos. (Aplica dictámenes N°s. 83.658, de 1972, y 25.051, de 1991).

De este modo, el monto inicial de la franquicia de que se...

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