Dictamen nº 25326 de Contraloría General de la República, de 7 de Junio de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 238951310

Dictamen nº 25326 de Contraloría General de la República, de 7 de Junio de 2007

N° 25.326 Fecha: 7-VI-2007

Se ha dirigido a esta Contraloría General don J.T., solicitando un pronunciamiento acerca de la procedencia del pago de la asignación de mejoramiento de la gestión municipal respecto de ex funcionarios de la Municipalidad de Santiago, regidos por el Código del Trabajo, cuyo término de la relación laboral se habría producido en octubre de 2005, para algunos, y en febrero de 2006, para otros.

Requerido el municipio, éste ha informado acerca de la situación planteada a través del oficio ord. N° 268, de 2007, manifestando, en síntesis, que a -los funcionarios que dejaron de pertenecer al servicio el 1 de febrero de 2006, sólo les correspondió percibir el pago proporcional de la asignación referida.

Sobre el particular, y partiendo de la base -acorde con la jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros; en el dictamen N° 5.646, de 2007-, que en la especie se ha pactado un beneficio como el descrito, cumple manifestar que la ley N° 20.008 -que resulta aplicable en la especie, atendidas .las fechas de las asignaciones de que se trata- renovó la vigencia de la ley N° 19.803 desde el 1° de enero de 2005 y hasta el 31 de diciembre de 2007, por lo que el tenor de las disposiciones contenidas en la ley N° 19.803 debe entenderse reproducido en lo pertinente tratándose de la aplicación de la ley N° 20.008.

Pues bien, tratándose de trabajadores que habrían dejado de prestar servicios para el municipio desde octubre de 2005, se debe tener presente el artículo 1°, N° 4, de la ley N° 20.008, que facultó a las municipalidades para "otorgar a los funcionarios señalados en el artículo 1° permanente de la ley N° 19.803 y en servicio a la fecha de publicación de la presente ley, una bonificación mensual, imponible y tributable, a contar del mes de enero del año 2005 y sólo hasta diciembre del mismo año, de un 6% de la suma de los estipendios a que se refiere el artículo 3° del cuerpo legal citado. Esta asignación se pagará durante el año 2005, en las cuotas que el municipio determine, siendo el monto a pagar en cada una de ellas equivalente al valor acumulado en los meses anteriores al pago".

Atendido que dicha bonificación especial resulta asimilable a aquella regulada en el artículo 2° transitorio de la ley N° 19.803, resulta aplicable el criterio sostenido por esta Contraloría General en el dictamen N° 11.718, de 2004, en cuanto ha señalado que tratándose de trabajadores que, estando en servicio a la fecha de publicación de...

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