Dictamen nº 47927 de Contraloría General de la República, de 11 de Octubre de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238948974

Dictamen nº 47927 de Contraloría General de la República, de 11 de Octubre de 2006

N° 47.927 Fecha : 11-X-2006

Doña XX, con desempeño en el Hospital San José, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, se ha dirigido a esta Contraloría General efectuando diversas consultas que dicen relación con el contrato a honorarios que sirve en ese establecimiento hospitalario.

En su presentación consulta si corresponde cumplir horarios con control de entrada y salida, supeditado a un sistema de turnos. A su vez, requiere se le informe durante cuanto tiempo debe desempeñar contratos a honorarios antes de tener un contrato más estable. Por último añade, que presenta un embarazo de dos meses de evolución ante lo cual el Servicio se niega a reconocerle los beneficios legales del fuero maternal.

Requerido su informe, el Director del Hospital San José lo ha emitido mediante oficio ordinario N° 708, de 2006, expresando, en síntesis, que la recurrente se desempeña a honorarios en el Servicio de Pensionado Obstétrico de ese establecimiento hospitalario, realizando un sistema de cuarto turno - un día, una noche y dos días libres - quedando registrado en el Reloj Biométrico y, las funciones son acreditadas por el jefe inmediato de la interesada. Agrega la autoridad, respecto al tiempo que se va a desempeñar en calidad de contratada a honorarios, que ello dependerá de los cargos que se dispongan para la absorción de dichos contratos.

Sobre el particular, es dable manifestar, en primer término, que en los .antecedentes que se acompañan, aparece, junto a otras contrataciones dispuestas en años anteriores en favor de la interesada, que por resolución exenta N° 789, de 2006, del Servicio de Salud Metropolitano Norte, se contrató a la recurrente sobre la base de honorarios a suma alzada desde el 1° de enero al 31 de diciembre de 2006, para que se desempeñe en calidad de experta calificada, con el objeto de apoyar en Clínicas de Servicio con sus conocimientos, habilidades, destreza técnica a fin de participar en labores tendientes a satisfacer a las usuarias internas y externas, efectuando las labores asistenciales que allí se indican, en el Hospital San José.

Al respecto, cabe anotar que acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso tercero de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda las personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que establezca el respectivo contrato y no les serán aplicables las...

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