Dictamen nº 64098 de Contraloría General de la República, de 29 de Diciembre de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238947606

Dictamen nº 64098 de Contraloría General de la República, de 29 de Diciembre de 2004

N° 64.098 Fecha: 29-XII-2004

La Contraloría Regional de Tarapacá, a través del oficio N°2344, de 2004, ha remitido la presentación efectuada por el Alcalde de la Municipalidad de Arica, quien solicita la aclaración del dictamen N°57.494, de 2003, de esta Contraloria General.

Señala el Municipio, por una parte, que los profesionales de la educación contratados para desempeñar labores especiales, no realizan funciones de carácter permanentes, por lo tanto, no se encuentran entre aquéllas que el Estatuto Docente describe como labores que pueden ser objeto de designaciones en calidad de contratados y, por otra, que se aclare la expresión "en la medida que aquéllos sean procedentes" contenida en el referido pronunciamiento, ya que induce a confusión, pues los docentes que pertenecen a ese programa, han solicitado el pago de diversas asignaciones, las que son pagadas por esa Corporación Edilicia, no obstante estimar que no se encuentran obligados al mismo.

En primer lugar, cabe manifestar que el dictamen N°57.494, de 2003, concluyó que a los profesionales de la educación que se desempeñan en el Programa de Educación Técnica Elemental de Adultos, que se analiza, al tener la calidad de docentes que desempeñan labores especiales, les corresponden todos los derechos laborales estatuidos en la Ley 19.070, en la medida que aquéllos sean procedentes, dada la naturaleza de su contratación.

Al respecto, cabe precisar que según lo preceptuado en el artículo 25, incisos 1 ° y 3°, del Estatuto Docente, en relación con el artículo 70, del Reglamento del citado cuerpo normativo, los profesionales de la educación pueden ingresar a una dotación docente, en calidad de titulares o contratados y, en el caso de estos últimos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR