Dictamen nº 56984 de Contraloría General de la República, de 28 de Noviembre de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238940266

Dictamen nº 56984 de Contraloría General de la República, de 28 de Noviembre de 2006

N° 56.984 Fecha: 28-XI-2006

Mediante Pase Interno N° 298, de 2006, de la Contraloría Regional del Bío Bío, se ha solicitado complementar el dictamen N° 41.779, de 2006, en el sentido de determinar si el beneficio que concede el inciso final del artículo 32, de la ley 19.070, alcanza a quienes se desempeñan como subdirectores y/o inspectores generales de establecimientos educacionales.

Ello, considerando que, tal como se indica en el referido dictamen, dichas plazas tienen la naturaleza de cargos docentes-directivos y, por consiguiente, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso último, del artículo 25, de la citada ley, sus nombramientos, al igual que el de los directores de establecimientos de educación, tienen una vigencia de 5 años, por lo que, eventualmente, podría entenderse que también les favorece la franquicia por la que se consulta.

Al respecto, es útil recordar que el inciso 4°, del artículo 32, de la ley 19.070, establece, en lo que interesa, que el nombramiento de los Directores tendrá una vigencia de 5 años, al término del cual se debe convocar a un nuevo concurso, en el que puede postular el Director en ejercicio.

A continuación, la norma prevé que el Director que no vuelva a postular o que haciéndolo pierda el concurso, seguirá desempeñándose, en el caso de existir disponibilidad en la dotación docente, en alguna de las funciones a que se refiere el artículo 5°, de esta ley, en establecimientos educacionales de la misma Municipalidad o Corporación. En tal caso, deberá ser designado o contratado con el mismo número de horas que servía...

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