Dictamen nº 51914 de Contraloría General de la República, de 3 de Noviembre de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 238931838

Dictamen nº 51914 de Contraloría General de la República, de 3 de Noviembre de 2005

N° 51.914 Fecha: 3-XI-2005

El Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego se ha dirigido a esta Contraloría General, solicitando un pronunciamiento que determine si los diplomas de Técnico en Administración de Empresas mención Gestión de Personal, otorgado por el Centro de Formación Técnica LAPLACE y de Secretaria Ejecutiva con mención en Computación, otorgado por el Centro de Formación Técnica Instituto INSEC, habilitan para desempeñar cargos de Técnico, grado 9°, en el citado Servicio.

Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que el artículo 31 de Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, dispone que los Centros de Formación Técnica sólo podrán otorgar títulos técnicos de nivel superior.

La misma disposición define al título técnico de nivel superior como aquél que se otorga a quien ha aprobado un programa de estudios de una duración mínima de 1.600 horas de clases, que le confieren la capacidad y conocimientos necesarios para desempeñarse en una especialidad de apoyo al nivel profesional.

Precisado lo anterior, es menester señalar, ahora, que el artículo único del DFL. N° 3, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que adecua la planta de personal de la Comisión Nacional de Riego, no establece requisitos específicos para desempeñar un cargo de técnico en el citado Servicio, razón por la cual, este Organismo de Control estima que, en el caso en estudio, se deben aplicar las reglas generales de ingreso a la Administración del Estado contenidas en el artículo 12 del DFL. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de Ley N°...

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