Dictamen nº 20287 de Contraloría General de la República, de 30 de Abril de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238931602

Dictamen nº 20287 de Contraloría General de la República, de 30 de Abril de 2008

N° 20.287 Fecha: 30-IV-2008

Se ha dirigido a esta Contraloría General don S.Z., ex empleado del antiguo Servicio del Seguro Social, exonerado político, solicitando la determinación de la pensión no contributiva, por gracia, que, a su juicio, podría favorecerlo, con el objeto de ejercer, posteriormente, el derecho de opción previsto en el artículo 16 de la ley N° 19.234.

Requerido al efecto, el Instituto de Normalización Previsional cumplió con remitir dos expedientes jubilatorios del interesado.

Sobre el particular, cabe señalar que el precitado artículo 16 de la ley N° 19.234, dispone que las jubilaciones no contributivas a que se refieren los artículos 6° y 15° de dicho cuerpo legal, son incompatibles con cualquiera otra pensión proveniente de regímenes previsionales que hayan obtenido o a que puedan tener derecho los interesados, con excepción de las concedidas conforme al decreto ley N° 3.500, de 1980, y que, lo serán, igualmente, con el otorgamiento del bono de reconocimiento a que se refiere el citado decreto ley, sin perjuicio del derecho a opción a que hubiere lugar, entre dichos beneficios.

Por su parte, la jurisprudencia de esta Contraloría General, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 45.028, de 2002; 43.121, de 2003; 20.595, de 2004; 38.961, de 2005; y 20.499, de 2007, ha señalado que la ley N°19.234, permite optar entre la pensión no contributiva por gracia y el bono de reconocimiento, en la medida que éste último no haya sido cedido o liquidado, por cuanto al realizarse alguna de dichas transacciones, el bono y las cotizaciones que representa, se consumen al considerarse aquél en el cálculo de la jubilación que se otorga al interesado acorde al Sistema Previsional del...

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