Dictamen nº 35999 de Contraloría General de la República, de 2 de Agosto de 2005 - Doctrina Administrativa - VLEX 238929062

Dictamen nº 35999 de Contraloría General de la República, de 2 de Agosto de 2005

N° 35.999 Fecha: 2-VIII-2005

Alcalde de la Municipalidad de San Miguel ha solicitado un pronunciamiento en orden a determinar la procedencia de nombrar en calidad de contratada a una prima, ello en atención a la inhabilidad de ingreso a la Administración del Estado prevista en los artículos 54, letra b), de Ley N° 18.575 y 83 de Ley N° 18.883, que afecta a las personas que, teniendo con las autoridades o funcionarios que se indican, alguno de los vínculos de parentesco que señalan, postulan a un cargo en la respectiva municipalidad.

El Municipio expresa que, a su juicio, atendida la situación normada por los citados artículos 83 de Ley N° 18.883 y 54, letra b), de Ley N° 18.575, no existe prohibición legal para designarla en calidad de contratada, ya que por tratarse de una prima, esto es, un pariente por consanguinidad de cuarto grado respecto del Alcalde, no se encuentra impedida de ingresar al Municipio.

Sobre el particular, en primer término, cabe señalar que conforme lo dispone el artículo 54, letra b), de Ley N° 18.575, se encuentran inhabilitadas para ingresar a cargos de la Administración del Estado, las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del Organismo de la Administración Civil del Estado al que postulan, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente inclusive.

Asimismo, el artículo 83 de Ley N° 18.883, señala que en una misma...

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