Dictamen nº 18406 de Contraloría General de la República, de 14 de Abril de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238928642

Dictamen nº 18406 de Contraloría General de la República, de 14 de Abril de 2004

N° 18.406 Fecha: 14-IV-2004

La Dirección General de Aeronáutica Civil ha enviado para su toma de razón la resolución N° 51, de 2004, que sanciona al ex funcionario don XX y a la funcionaria doña YY, con la medida disciplinaria de suspensión del empleo por tres meses con goce de un 50% de sus remuneraciones, como consecuencia de un sumario administrativo incoado en esa institución, a propósito de una denuncia formulada por el Consejo de Defensa del Estado a la señora Ministra de Defensa Nacional, contenido en el oficio secreto N° 329, de 2002, que rola entre fojas 4 a 10 del tomo I de los autos administrativos adjuntos, que se refieren a las actuaciones irregulares de esa Dirección en la revocación de la Autorización Técnica Operativa (ATO) de la Empresa Aero Continente Chile S.A. como también, en el término de una concesión otorgada a dicha entidad en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez y su posterior entrega sobre esas mismas instalaciones, a la Empresa Aero Continente S.A. (Perú).

Por su parte, don XX, quien a la época de ocurrencia de los hechos investigados ocupaba el cargo de Director de Comercialización y Negocios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha recurrido ante este Organismo Contralor argumentando, en síntesis, que no resulta procedente atribuirle responsabilidad administrativa en las anomalías materia de autos, toda vez que a la data en que ellos se verificaron, él se encontraba con dedicación exclusiva participando en un Seminario realizado fuera del Servicio.

A su turno, la señora YY, quien participó en las actividades cuestionadas en su condición de Jefa del Departamento de Concesiones de la Dirección de Comercialización y Negocios de la referida institución aeronáutica, impugna ante esta Entidad Fiscalizadora la legalidad del sumario administrativo de que se trata, por estimar que adolece de vicios que afectan su eficacia, destacando especialmente que su contenido se hizo público antes de encontrarse debidamente afinado.

Sobre el particular, cabe informar en primer término que los sumarios administrativos son procesos específicamente reglados por la ley N° 18.834, de manera que respecto de ellos no caben otros trámites o instancias que las previstas en la normativa pertinente de ese cuerpo legal, la que no contempla la interposición de recursos o reclamos ante esta Entidad Fiscalizadora para impugnar una medida disciplinaria, sin perjuicio de que sean considerados como un antecedente las presentaciones que...

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